Canciller

El Obispo diocesano nombra un canciller para reunir, organizar y salvaguardar el archivo curial. El canciller también se desempeña como notario eclesiástico y secretario de la curia. La mayoría de los asuntos administrativos canónicos son supervisados por el canciller, con la asistencia de un vicecanciller.

Las responsabilidades del canciller incluyen:

  • La redacción de archivos y decretos
  • Procesamiento de peticiones de disolución de matrimonio (es decir, Privilegio Paulino, Privilegio Petrino, matrimonio no consumado);
  • Verificación de la libertad de una persona para contraer matrimonio, especialmente para aquellos que previamente intentaron casarse sin tener en cuenta la forma canoníca;
  • Servir como delegado del obispo diocesano para la concesión de sanciones radicales de matrimonio;
  • Envió de documentos prenupciales para católicos preparados para el matrimonio en esta diócesis que deseen celebrar su boda en una diócesis diferente;
  • Autenticación de documentos eclesiásticos.
Canciller
Pbro. Lic. James M. Clark, J.C.L., J.V.
 
Vicecanciller
Sra. Anna Lynn, J.C.L.
 
Notarios de la Curia
Sra. Angela “Po” Canale, J.D.
Sra. Lysette Candia
Sra. Lynn Cozart
 
Asistente Administrativa
Sra. Angela “Po” Canale, J.D.
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